Mediante Resolución General 5055/2021 la AFIP EXTIENDE hasta l 30 de noviembre de 2021, inclusive, implementado por la Resolución General N° 4.503 y su complementaria, para que los contribuyentes y responsables realicen electrónicamente las presentaciones y/o comunicaciones que se detallan en el artículo 1° de la Resolución General N° 4.685, sus modificatorias y sus complementarias.